08 julio, 2007

Píldora del día después; ¿Mi derecho a elegir?

Píldora el día después, Postinor-2, anticonceptivo de emergencia, píldora post-coital. La verdad es que son muchos los nombres que ha recibido este método de anticoncepción, como también han sido muchos los adjetivos que se le han adosado, siendo esto sin duda fruto de un dilema bioético que se genera en nuestros tiempos a nivel nacional y mundial, tema del cual todos tenemos opinión y a nadie deja exento.

Una condición intrínseca de los organismos celulares (sean estos humanos, animales, plantas e incluso bacterias y protozoos) es la de reproducción. Tenemos la capacidad de perpetuar nuestra especie y dejar un legado vivo en el mundo mediante la tenencia de hijos. Pero ¿qué pasa cuando aquella tenencia esta condicionada por diferentes factores creados por el humano, sean económicos, educacionales o sociales? ¿Qué pasa cuando una mujer no esta preparada para concebir un hijo? ¿Es justo que después de una cruel y agresiva violación, una mujer (quizás una niña) se arriesgue a concebir un hijo producto de aquel acto traumático?, ¿Es el sexo un pecado, creado y destinado solo a la perpetuación de la especie, y no un placer más de la vida? Son inquietantes dudas que surgen al analizar el caso de los anticonceptivos, en especial este, el del día después.



El Postinor-2, es un medicamento compuesto por Levonorgestrel (750 mg.), viene con 2 comprimidos, los cuales deben ser tomado conjuntamente dentro de las 72 horas siguientes al acto sexual sin protección o con protección fallida, pero para log

rar la mayor eficacia, debe tomarse lo antes posible luego del acto sexual y puede administrarse en cualquier momento del ciclo menstrual.


Es muy bien conocido que esta píldora posee variados mecanismos de acción, la primera función es la de inhibir o atrasar la ovulación (si se toma en la primera parte del ciclo); inhibir el transporte del ovocito y dificultar el avance de los espermatozoides (si es tomado en el periodo de ovulación), o si estos fallan, tendría al capacidad de alterar el endometrio, pudiendo impedir la implantación del cigoto (ya comenzando la segunda fase del ciclo), y es en esta propiedad en la cual se basa el rechazo hacia este método anticonceptivo por parte de la iglesia y de organizaciones pro-vida. Si bien es cierto, su propiedad es de antiimplantatorio, es decir, impide la implantación del cigoto en el endometrio, está la duda acerca de qué es considerado como embarazo.

Para algunos el embarazo es considerado bajo la siguiente definición: “proceso que comprende el crecimiento y desarrollo dentro de la mujer de un nuevo individuo, desde la concepción a través del desarrollo embrionario y fetal, hasta el parto” (Mosby’s Medical, nursing allied health dictionary 6th ed. Philadelphia: Mosby 2002).

Para otros sin embargo, el efecto de esta píldora no interrumpe el embarazo, solo lo evita, puesto que se considera que el embarazo (y por ende la humanización) se lleva a cabo en el momento de consumarse la implantación, como así lo señaló en 2001 la en ese entonces ministra del SERNAM Adriana Delpiano: “No me quiero meter en una discusión filosófica sobre el tema, la píldora del día después no es ni más ni menos de lo que sería un dispositivo intrauterino. La Iglesia o determinados sectores han planteado que el ser humano es tal cuando se fecunda en la trompa, pero para muchos el tema es que la viabilidad de ese ser es que se pueda anidar, de lo contrario no es. Es tan ser o no ser como un espermio o un óvulo que andan circulando”.

Toda esta discrepancia acerca del significado ontológico del humano, ha llevado a que se generen discrepancias basadas en criterios valóricos diversos que han llegado a tener implicancias fisiológicas, antropológicas, sociológicas y jurídicas.

En relación a la ética social, podemos poner en ejemplo sus postulados esenciales, los cuales son la equidad y la responsabilidad social, las cuales son propias e intrínsecas en aquellas sociedades que se caracterizan por ser pluralistas y democráticas. Así, es misión de estas sociedades garantizar la satisfacción de las aspiraciones de la mayoría de su pueblo, siempre que estas no afecten a terceras personas. También se debe velar porque ciertos criterios de discutible fundamentación no sean impuestos a todos, puesto que cada ser humano tiene derecho a una libertad individual, fundamentada en propios conocimientos y creencias. A nuestro parecer, el tema de la píldora del día después, debería tener mayor validez y consideración de la proporcionalidad de las acciones, mas allá que la percepción o concepciones morales de grupos que den por absoluto el valor de una acción. Es por esto, por lo que la administración de la píldora del día después, debe ir de la mano de un análisis ético personal luego de otorgada la correspondiente y adecuada información a la paciente acerca de los mecanismos de acción, consecuencias y efectividad de la píldora, misión que es responsabilidad de todo el equipo de salud, principalmente de la enfermera, que debe orientar y educar a la paciente acerca de los puntos anteriormente enunciados manteniéndose siempre al margen de la interpretación valórica de este acto.

En nuestro país, en septiembre del año 2006, el gobierno autorizó la distribución del Postinor-2 a cargo de las municipalidades en los consultorios locales a mujeres mayores de 14 años, sin ser requerido el consentimiento de los padres de la menor. Esta decisión, provocó el descontento de la Iglesia católica, de organizaciones pro-vida y de muchos alcaldes quienes se opusieron a la repartición. Luego de múltiples querellas y recursos de amparo interpuestos por los alcaldes, el día 3 de Febrero de 2007 se dicta el Decreto Supremo nº 48 del ministerio de salud, que aprueba el texto que establece las normas nacionales sobre la regulación de la fertilidad, compuestas por normas técnicas y guías clínicas.

Dichas normas responden a los objetivos sanitarios que se ha propuesto el ministerio de salud en al década actual para superar las desigualdades entre hombres y mujeres respecto del control y ejercicio de la salud sexual y reproductiva, donde la población compuesta por adolescentes demanda especial dedicación.

La venta del Postinor-2 en farmacias se realizaba ya desde años anteriores de aprobada la ley de distribución en consultorios. La finalidad que tiene esta ley fue ceñirse al principio de igualdad, basándose en que se debe corregir la inequidad existente en la distribución del riesgo reproductivo y de los embarazos no deseados. Riesgo que se concentra en nuestro país en mujeres pertenecientes a la población mas pobre, donde el primer embarazo se produce en edades tempranas, el número de hijos por mujer es mayor, los intervalos entre embarazos son mas corto, el acceso a la anticoncepción es limitado y la mortalidad por causas reproductivas sigue siendo alta.

Por último, la organización “chile 21” realizó en Mayo de 2004 una entrevista telefónica a 606 personas de 10 ciudades diferentes del país, dirigida a hombres y mujeres mayores de 18 años con un nivel de confianza de 95%, en la cual se obtuvieron los siguientes resultados:

- El 82% de los entrevistados le da la razón al gobierno por haber ordenado la distribución de la píldora a los consultorios municipalizados, y solo el 9% apoya a los alcaldes en su negativa a distribuir dicha píldora en lso consultorios de sus comunas.
- 86% afirma que si su hija o algún familiar fuesen violadas recomendaría el uso de la “píldora del día después”.
- - en caso de requerir su uso, el 55% solicitaría la píldora en su consultorio, contra el 44% que la compraría en una farmacia.
- 86% está de acuerdo con el argumento que ha dado el ministerio de salud quien dijo que “debe velar por la salud de los 15 millones de chilenos y entregar la píldora”.
Asimismo, el 85% esta de acuerdo con el argumento que ha dado el gobierno que si el Postinor-2 se vende actualmente en las farmacias, evitar su distribución gratuita es un acto discriminatorio en contra de las mujeres pobres.
Consistente con lo anterior el 70% manifiesta estar de acuerdo con el argumento de que “esta polémica muestra el doble estándar de la derecha que acepta que las mujeres ricas compren al píldora, pero le impiden a las mujeres pobres acceder a ella”.
Por el contrario el 80% esta en desacuerdo con aquella opinión que se da en contra del gobierno en el sentido de que “el gobierno esta tratando de promover abortos encubiertos”.
- El 67% de los encuestados manifiesta estar en desacuerdo con el argumento que ha dado la iglesia católica en el sentido de que “el estado no puede pasar por encima de lo que Dios dispone”.

Así, mientras hayan distintos pensamientos y formas de ver la vida, habrán distintas opiniones y visiones desde las perspectivas éticas acerca de acciones humanas. Solo nos queda actuar bajo los principios que nos propone la ética, los que nos ayudan a discriminar entre los distintos caminos a tomar y nos ayuda a decidir, bajo la influencia de nuestro criterio sobre que es mas correcto para mi vida.


“toda vez que la prevención del embarazo precoz es un objetivo ético y sanitario prioritario e impostergable, que requiere toda la atención y acción del Estado”. Decreto Supremo nº 48 del Ministerio de Salud.