08 julio, 2007

Código de ética en el quehacer profesional de la salud (1)





1.- “La decisión del paciente y su familia” y “La enfermera contribuye a proteger al paciente y público en general”.



Pese a la manera de pensar, sentir y enfrentarse a la vida de cada persona que se desempeñe en salud, lo que debe primar al momento de tratar un paciente es la autonomía que este tiene en la toma de decisiones con respecto a su propia salud. Mi accionar frente a un paciente que difiera en mi creencia de lo que es mejor para su salud, debe ser la de informar y darle a entender las consecuencias que puede acarrear dicha decisión, pero siempre será él quien tenga la última palabra.

En este mismo aspecto, mi misión es la de informar de forma objetiva al paciente, pero va en contra de los principios éticos y morales el tratar de forzar una toma de decisiones que vaya en contra del pensamiento, la creencia y los valores del propio paciente.

Al momento de plantear el consentimiento acerca de un procedimiento a realizar, es de vital importancia el evaluar la capacidad cognitiva y mental del paciente, ya que una enfermedad mental puede influenciar o entorpecer la toma de una decisión que satisfaga su forma de enfrentar la vida.

En caso de estar el paciente incapacitado para tomar decisiones acerca de su propia salud, debe ser la familia quien asuma esta responsabilidad de manera consciente, previo evaluación también de su salud mental, en cuya situación, nuestra misión es similar a la anterior, y debemos remitirnos a dar una correcta y objetiva información acerca de la condición del paciente y de las expectativas de vida, según análisis estadísticos y epidemiológicos que tiene en uno u otro accionar.

El deber de la enfermera es velar porque se respete por parte de todo el equipo de salud la decisión que tome el paciente. Debemos ejercer nuestra profesión de manera competente, aportando opiniones y sugerencias en la toma de decisiones clínicas relacionadas con el individuo, siempre velando por la protección del paciente y supervisando la calidad y el cumplimiento de las acciones planeadas.

2.- “Condición del paciente o cliente”.

Mi condición de profesional de salud, me otorga los valores y la capacidad de socorrer y prestar ayuda a todas las personas que me lo soliciten o lo requieran, no importando su condición económica, social, religiosa, ideológica, étnica, etc. Por sobre mis pensamientos, tengo la obligación moral y profesional de actuar con todos los individuos viéndolos como mi prójimo con el mismo derecho que yo a vivir.
Aquí radica mi derecho a velar por la vida de todos los seres humanos desde el comienzo de esta hasta sus últimos días, y con esto nos referimos desde el momento de su concepción, hasta el momento de su muerte; acontecimiento que mi deber es luchar por retardar.


3.- “Naturaleza de los problemas de salud”.

Todos al ser seres humanos diferentes tenemos el derecho de pensar diferente al resto, y no por ser parte de un equipo de salud, debo ignorar mis valores y creencias personales. Es por esto que tengo el derecho como trabajador a negar la prestación de mis servicios (que no sean requeridos de manera urgente), y mi verdadero principio de ética radicará en que pese a que yo no comparta una decisión, tenga la actitud altruista de avisar a tiempo acerca de mi decisión, además de asegurarme y garantizar la correcta atención programada para el paciente.


4.- “Discriminación relacionada con los servicios de salud”.

Mi misión y obligación al ser funcionario de un recinto de atención en salud es prestar mis servicios según las necesidades de la población y en las situaciones en que se me solicite. Así, yo no tengo el derecho de negar mi prestación de servicios en situaciones en que el recinto de trabajo me lo solicite. Por ejemplo en el caso en que se me solicite cubrir turnos extra por la falta de profesionales. Otro caso sería el negar cambiarme de servicio en situaciones puntuales en que se me solicite mi asistencia.


5.- “Protección de la familia y del niño”.

Hay derechos en pro a la vida y en pro a la familia. Mi responsabilidad es orientar objetivamente en la familia, pero respetando por sobre todas las cosas la vida. Mis ideales o deben interferir en mi trabajo con la familia. Si es su decisión no tener hijos o tener una gran descendencia, es decisión de la pareja solamente. Mi trabajo es orientarlos y hacerle ver de manera objetiva y desde un punto de vista externo la calidad de vida que les podrá proveer a sus hijos y a la familia en general.


6.- “Atención del paciente terminal”.

Mi compromiso con la persona en condición terminal es prestar mis servicios con la misma calidad y eficiencia que como si fuera un paciente que se va a recuperar.

La atención de enfermería debe proveer y asegurar unos últimos días DE CALIDAD, donde el deceso ocurra con dignidad, dándole al paciente y a la familia la tranquilidad que requiere al momento de u muerte.

Es digno para un paciente terminal el estar sus últimos días con sus seres queridos, es por esto que a nuestro parecer, una de las actividades éticas fundamentales que debemos garantizar es la de dejar a los familiares estar con el paciente la mayor cantidad de tiempo, otorgándole a este la mejor calidad posible.


7.- “Resguardo a la privacidad”, “En relación del paciente y su familia” y “En relación al trabajo en equipo”.

Dentro de los deberes de ser un profesional de la salud, está el velar y asegurar que se respete la privacidad del paciente. Con esto nos referimos desde la privacidad física, hasta las expectativas de su evolución clínica y del mismo tratamiento. Nosotras, desde nuestra condición de estudiantes de la salud, y de ejercerla en nuestras prácticas, tenemos la obligación ética de no divulgar de manera coloquial la información clínica y familiar de nuestros pacientes, ni de darle mal uso a esta. En este punto también radica como objetivo la mantención de la relación de confianza que se genera entre el paciente, su familia y la enfermera. Mi prioridad es asegurar el resguardo de la información confidenciada y en caso de que sea necesaria la intervención de otro profesional mas capacitado, debo asegurar la autorización de la familia para la intervención multidisciplinaria.

Toda la información relevante acerca de la condición del paciente y de las intervenciones que con el se realizan, deben registrarse adecuadamente en su hoja de evolución o ficha clínica, para que esta pueda ser abordada por los distintos profesionales a los que le compete la atención específica, para que de esta manera se pueda lograr un trabajo integral que busque el logro de la recuperación del individuo. Esta información registrada, servirá también como un aval legal para el equipo de salud.


8.- “Responsabilidad de la enfermera profesional” y “La enfermera acepta nuevas responsabilidades y delega algunas tareas”.

Dentro de las labores de enfermería es de gran importancia el mantener la supervisión de su personal, en pro de la atención a los pacientes. Esto incluye la responsabilidad de mantener constantemente actualizados en conocimiento al personal paramédico a su cargo, preocuparse de que este personal se encuentre en buenas condiciones para atender (referidos al estado emocional, de salud, familiar).

Todo esto con el fin de en algún momento delegar ciertas actividades, teniendo la confianza de que el personal las realizará de manera adecuada y correcta.

Para esto, es fundamental que la enfermera mantenga sus conocimientos actualizados y siempre esté investigando para optimizar sus prestaciones en salud.


9.- “La enfermera colaborará con su organización profesional para mejorar los estándares de enfermería”

Lo principal para poder desempeñarse como un profesional de excelencia es saber; y a la vez, ser capaz de transmitir a futuros profesionales los conocimientos que se han ido adquiriendo a través de la práctica. Para así contribuir al desarrollo y optimización de la carrera.

Todos los conocimientos de la enfermera deben ser obtenidos de fuentes científicas fidedignas y ser avalados por esta, para que no sean entorpecedores en el desarrollo de una carrera competente.


10.- “Relaciones de la enfermera con su organización profesional”, “Relaciones de la enfermera con sus colegas” y “Relaciones de la enfermera con al comunidad”.

Analizando este punto de forma holística, debemos actuar en pro del desarrollo del colegio de enfermeras, participando activamente de este. Acatando sus reglamentos y decisiones con plena confianza en que estas serán tomadas en favor del ejercicio profesional, y que todas nuestras acciones realizadas basadas en estos reglamentos, serán provistas con apoyo legal por parte de este estatuto.

Debemos mantener una relación profesional competente y armónica con las colegas, basadas en la confianza de que estas proveen los cuidados adecuados y cumplen con todos los códigos de ética al igual que nosotros para el bienestar de los pacientes, y así poder mantener una relación sana y estable con ellas, y que los intereses propios de ascensión en jerarquía no entorpezcan las relaciones, ni vayan en desmedro de las colegas.